
Prevención del Blanqueo de Capitales
APALATEGUI ABOGADOS ofrece asesoramiento en prevención de blanqueo de capitales, si busca asesoramiento jurídico en la materia, no dude en contactar con nosotros.
La Ley 10/2010 de 28 de Abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, determina quiénes son los sujetos obligados e impone a éstos una serie de obligaciones cuyo incumplimiento puede suponer la imposición de sanciones de carácter administrativo.
La autoridad administrativa española supervisora del control y vigilancia en materia de prevención de capitales es el SEPBLAC.
Defensa penal delito blanqueo de capitales
APALATEGUI ABOGADOS tiene acreditada experiencia en la defensa de clientes acusados por la comisión de un delito de blanqueo de capitales.
Se trata de un delito que requiere una defensa especializada como la que le ofrece APALATEGUI ABOGADOS, con conocimiento de la amplia jurisprudencia en la materia, de la legislación y, sobre todo, un estudio detallado de cada caso para poder establecer una línea de defensa.
Regulación en España del delito de blanqueo de capitales
El delito de blanqueo está regulado en el artículo 301 del Código Penal, dice así: “1.El que adquiera, posea, utilice, convierta, o transmita bienes, sabiendo que éstos tienen su origen en una actividad delictiva, cometida por él o por cualquiera tercera persona, o realice cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito, o para ayudar a la persona que haya participado en la infracción o infracciones a eludir las consecuencias legales de sus actos…”
El tipo penal se aplica aunque las conductas de blanqueo o el delito del que provienen los bienes hayan sido cometidos, total o parcialmente en el extranjero, y aunque no exista sentencia condenatoria por el delito antecedente.
Origen histórico del delito de blanqueo de capitales
El delito de blanqueo de capitales es un ejemplo de que el derecho penal también evoluciona con el paso del tiempo, pues se ha ido dotando de contenido y ha pasado de la cuasi inexistencia a ser uno de los más comunes en nuestros Juzgados y Tribunales.
El término “blanqueo de capitales” surge en EEUU cuando en la ciudad de New York la mafia italiana utilizó una red de lavanderías con beneficios lícitos a través de las cuáles introducía en el mercado el dinero obtenido de la comisión de delitos, pasando de este modo ese dinero a tener apariencia de licitud.
La evolución internacional de la lucha contra el crimen organizado, el narcotráfico y el terrorismo ha propulsado este delito, de ahí su relevancia.

“La obra maestra de la injusticia es parecer justo sin serlo”
Platón
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